Adopción en el Perú: cómo adoptar ante el MIMP o al hijo de tu cónyuge
Para la adopción en el Perú hay dos caminos principales. Para adoptar a un niño, niña o adolescente declarado judicialmente en desprotección familiar, el trámite es administrativo y lo conduce la Dirección de Adopciones del MIMP: sesión informativa, talleres, evaluación, designación, convivencia y 3 años de seguimiento. Pueden postular personas de 25 a 62 años. Para adoptar al hijo menor de edad de tu cónyuge, la vía es judicial, ante el Juzgado de Familia o Mixto. Ante notario solo se adopta a personas mayores de edad.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con MIMP (Dirección de Adopciones) + Poder Judicial + RENIEC el 1 de octubre de 2026

- Tener entre 25 y 62 años (vía MIMP)
- Certificados de salud física y mental de no más de 6 meses
- Documento que acredite tu capacidad económica
- Acta de matrimonio o documento de la unión de hecho, si corresponde
- Constancias de los talleres del MIMP
- No tener sentencia por violencia familiar, no estar en el REDAM ni tener antecedentes que lo impidan
Cuánto demora: MIMP: convivencia de 10 días hábiles prorrogables y 3 años de seguimiento posadoptivo. Vía judicial: depende del juzgadoDónde: Dirección de Adopciones del MIMP (av. Benavides 1155, Miraflores, u oficinas regionales); Juzgado de Familia o Mixto; notaría si el adoptado es mayor de edad
Paso a paso
Errores frecuentes
- Presenté certificados médicos de hace casi un año.
- El MIMP pide certificados de salud física y mental con una antigüedad no mayor a 6 meses.
- Fui al notario para adoptar al hijo menor de mi esposa.
- Ante notario solo se adopta a personas mayores de edad. Para un menor, la adopción por excepción se tramita ante el Juez de Familia o Mixto.
- Pensé que podía elegir al niño que quería adoptar.
- En la vía del MIMP, la designación la hace el Consejo Nacional de Adopciones a partir de las propuestas de un equipo interdisciplinario.

Si tu caso es distinto
- Vivo fuera del Perú
- Si tu país de residencia firmó el Convenio de La Haya sobre adopción internacional, la solicitud la presenta su autoridad central o un organismo acreditado ante la Dirección de Adopciones del MIMP.
- Mi pareja y yo convivimos, pero no estamos casados
- El MIMP admite convivientes con la declaración notarial, la inscripción registral o la declaración judicial de la unión de hecho. Para adoptar al hijo de tu pareja por vía judicial, el art. 128 del Código de los Niños y Adolescentes solo prevé el matrimonio con el padre o la madre y el parentesco; la convivencia no figura como supuesto. Consulta tu caso con un abogado.
- Fui adoptado y quiero conocer mi origen
- La Dirección de Adopciones del MIMP tiene un servicio de búsqueda de orígenes. Consulta su ficha en gob.pe.

Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura la convivencia antes de la adopción?
La fase de convivencia del procedimiento del MIMP dura 10 días hábiles y puede prorrogarse.
¿Puedo adoptar si soy soltero?
Sí. Según el MIMP, pueden adoptar personas solteras, casadas, viudas, divorciadas o convivientes que cumplan los requisitos.
¿Necesito abogado?
Para la vía judicial, sí: la demanda debe ir firmada por abogado. Las fichas del MIMP no lo piden para el procedimiento administrativo.
¿Cambian los apellidos del niño?
Sí. RENIEC emite una nueva acta de nacimiento. Si adoptan cónyuges, el primer apellido es el del padre adoptante y el segundo, el de la madre adoptante.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Quieres adoptar al hijo de tu cónyuge y necesitas presentar la demanda ante el Juzgado de Familia? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿Tienes dudas sobre qué vía de adopción te corresponde? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Adopción
- Desprotección familiar
- Patria potestad
- Consejo de familia
- Asuntos no contenciosos de competencia notarial
- Parte notarial
- Proceso no contencioso
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- gob.pe · Dirección de Adopciones - DA MIMP: Descripción (30 set. 2026)
- gob.pe · Dirección de Adopciones - DA MIMP: Procedimiento de adopción (28 set. 2026)
- gob.pe · Dirección de Adopciones - DA MIMP: Cronograma de talleres (28 set. 2026)
- gob.pe · Dirección de Adopciones - DA MIMP: Contáctenos (29 set. 2026)
- gob.pe · Solicitar evaluación de idoneidad para la adopción nacional de menores (24 oct. 2023)
- Poder Judicial · Trámites judiciales: adopción de menores por excepción y de mayores de edad (sin fecha visible; consultada el 1 oct. 2026)
- Poder Judicial · Adopción de menores de edad (por excepción): requisitos y procedimiento (sin fecha visible; consultada el 1 oct. 2026)
- Poder Judicial · Adopción de mayores de edad: requisitos y procedimiento (sin fecha visible; consultada el 1 oct. 2026)
- RENIEC · Directiva DI-001-GTAR-DRC, Gestión técnica de registros civiles y archivo registral (2 ago. 2026)
- gob.pe · Inscripción de adopción: menor de edad (RENIEC) (30 nov. 2022)
- gob.pe · Inscripción de adopción: mayor de edad (RENIEC) (6 dic. 2022)
- gob.pe · MIMP: Decreto Legislativo N.° 1297 (El Peruano, 30 dic. 2016; modifica el art. 128 del Código de los Niños y Adolescentes) (30 dic. 2016)
- gob.pe · MINJUS: Ley N.° 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos (PDF) (consultada el 1 oct. 2026)