Inscribir derechohabientes en EsSalud: cónyuge, conviviente o hijos
Inscribir a tu cónyuge, conviviente o hijos en EsSalud es gratuito. Lo normal es que lo haga tu empleador: le entregas el Formulario 1010 firmado y el documento que prueba el vínculo (acta de matrimonio, reconocimiento de la unión de hecho o acta de nacimiento). Si tu empleador no lo hace, puedes hacerlo tú en VIVA o en una Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE). Según gob.pe, la cobertura se usa después de tres meses de aportes.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con EsSalud el 1 de octubre de 2026

- Formulario 1010 llenado y firmado
- Documento que pruebe el vínculo (matrimonio, unión de hecho o nacimiento)
- Que tu seguro de titular esté vigente
Cuánto demora: Aprobación automática al presentar todo completoDónde: Con tu empleador (T-Registro), en VIVA o en una OSPE o Centro MAC
Paso a paso
Errores frecuentes
- Llevé un acta de matrimonio de hace años.
- Para inscribir a tu cónyuge, la copia del acta de matrimonio civil no debe tener más de seis meses. Otra opción es el Formato de Declaración Jurada.
- Quise inscribir a mi pareja solo diciendo que convivimos.
- Para el conviviente se pide copia del reconocimiento de la unión de hecho, por resolución judicial o por escritura pública.
- Quise inscribir a mi hijo mayor de edad.
- Solo se inscribe al hijo mayor de edad con incapacidad total y permanente para el trabajo, con una declaración jurada de que tiene dictamen médico de incapacidad emitido por EsSalud.

Si tu caso es distinto
- Mi empleador no inscribe a mi familia
- Las altas son responsabilidad del empleador. Si no las hace, según el TUPA de EsSalud puedes hacerlas tú o tu derechohabiente, por VIVA o en una OSPE.
- Me casé en el extranjero
- Presenta copia del acta de matrimonio inscrita en RENIEC o en el Registro Consular peruano, legalizada por el consulado, o con apostilla. Si está en otro idioma, agrega la traducción.
- Voy a ser papá y no estoy casado con la madre
- Puedes inscribir a la gestante de tu hijo extramatrimonial con la escritura pública o el testamento en que reconoces al concebido, o la sentencia de paternidad. Según gob.pe, la baja es automática pasados 42 días de puerperio.

Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta inscribir a un derechohabiente?
Nada. El TUPA de EsSalud indica que el trámite es gratuito.
¿Desde cuándo puede atenderse mi familiar?
Según gob.pe, tú y tus familiares afiliados pueden usar la cobertura después de tres meses de aportes (periodo de carencia).
¿Tengo que renovar la inscripción?
No. La inscripción dura mientras tu familiar mantenga esa condición y no se registre su baja.
¿Quiénes pueden ser mis derechohabientes?
Tu cónyuge o conviviente, la madre gestante de tu hijo, tus hijos menores de edad y tus hijos mayores con incapacidad total y permanente para el trabajo.
¿Necesitas algo más?
La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Le diste los documentos a tu empleador y tu familia sigue sin seguro? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
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Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- gob.pe · Inscripción o baja de derechohabientes (+SEGURO) (31 oct. 2024)
- gob.pe · Inscripción o baja de cónyuge (23 oct. 2024)
- gob.pe · Inscripción o baja de concubino(a) (23 oct. 2024)
- gob.pe · Inscripción de hijo(a) menor de edad (20 mar. 2025)
- gob.pe · Inscripción o baja de hijo(a) mayor de edad incapacitado (24 jul. 2026)
- gob.pe · Inscripción o baja de gestante de hijo(a) extramatrimonial (23 oct. 2024)
- gob.pe · Acceder a la Plataforma VIVA (21 may. 2025)
- gob.pe · Registro de derechohabientes en el T-Registro (28 may. 2023)
- gob.pe · Establecimiento de Salud asignado (5 ago. 2026)
- essalud.gob.pe · TUPA de EsSalud (anexo publicado en El Peruano) (26 may. 2023)