Trámites del Perú, explicados paso a paso

Pensión de alimentos para la esposa o el esposo: cuándo procede

Mientras están casados, los esposos se deben alimentos entre sí (artículo 474 del Código Civil) y, si uno se dedica solo al hogar y a los hijos, el otro debe sostener a la familia; con el divorcio esa obligación termina, salvo que el juez fije una pensión al cónyuge inocente sin recursos o al excónyuge indigente (artículo 350). La conviviente abandonada también puede pedir pensión o indemnización.

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Gratis si no puedes pagar un abogadoAsesoría de la Defensa Pública
4 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Juzgado de Paz Letrado · Juzgado de Familia el 1 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Depende del juzgado y de si la pensión se pide sola o dentro de un divorcioDónde: Juzgado de Paz Letrado; si hay juicio de separación o divorcio, el juez de ese proceso

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Creí que la separación de hecho me quitaba el derecho a pedir alimentos.
    El artículo 474 obliga a los cónyuges mientras estén casados. El artículo 291 solo menciona el cese para quien abandona la casa sin justa causa y rehúsa volver. Consulta tu caso con la Defensa Pública.
    Pedí pensión a mi excónyuge años después del divorcio sin ser indigente ni haber un divorcio por su culpa.
    El artículo 350 dice que por el divorcio cesa la obligación alimenticia. Solo hay pensión en los supuestos de ese artículo: divorcio por culpa del otro con necesidad, o indigencia.
    Seguí cobrando la pensión después de volver a casarme.
    El artículo 350 dice que la obligación cesa automáticamente si el alimentista contrae nuevas nupcias. El obligado puede pedir el reembolso.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Salí de la casa por violencia
    El artículo 291 solo hace cesar la obligación cuando el abandono es «sin justa causa». Si sufres violencia, puedes denunciar violencia familiar y pedir asesoría a la Defensa Pública.
    Mi esposo no pasa dinero para la casa ni para los hijos
    Puedes pedir alimentos para ti como cónyuge y, para tus hijos menores, la pensión de alimentos con el formulario de menores de edad. Mira la demanda de alimentos.
    Mi excónyuge no paga la pensión fijada
    Sigue los mismos pasos de cobro: liquidación, embargo, REDAM y vía penal. Mira qué hacer si no pagan la pensión.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿El esposo está obligado a dar pensión a la esposa?

    Mientras estén casados, los cónyuges se deben alimentos recíprocamente (artículo 474 del Código Civil). Vale para ambos: también la esposa puede deberle alimentos al esposo.

    ¿Hay pensión para la exesposa después del divorcio?

    Como regla, no: el artículo 350 dice que por el divorcio cesa la obligación. Hay pensión si el divorcio fue por culpa del otro y quien la pide no puede mantenerse, o si es indigente.

    ¿Cuánto es la pensión para el excónyuge?

    En el divorcio por culpa de uno, el artículo 350 fija un tope: no mayor de la tercera parte de la renta del obligado.

    ¿La conviviente tiene derecho a pensión?

    Si la unión de hecho cumple el artículo 326 y terminó por decisión unilateral, el juez puede darle al abandonado, a su elección, una indemnización o una pensión de alimentos.

    Paul, satisfecho

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales