Pensión de alimentos para padres: cuándo deben pagarla los hijos
Sí: en el Perú los hijos deben pagar alimentos a su padre o a su madre cuando estos no pueden mantenerse por sí mismos por salud, limitaciones físicas o falta de recursos, porque el artículo 474 del Código Civil dice que se deben alimentos recíprocamente los ascendientes y descendientes. El padre o la madre puede intentar un acuerdo en conciliación o presentar una demanda ante el Juzgado de Paz Letrado, y la Defensa Pública lo asesora gratis.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Juzgado de Paz Letrado · Centros de conciliación el 1 de octubre de 2026

- DNI del padre o la madre que pide la pensión
- Partida de nacimiento del hijo o hija
- Domicilio del hijo demandado e información sobre su empleo
- Pruebas de tus gastos y de tu necesidad: informes médicos, recetas, recibos
Cuánto demora: Depende del juzgado: califica la demanda, cita a audiencia única y emite sentenciaDónde: Juzgado de Paz Letrado; para un acuerdo, un centro de conciliación
Paso a paso
Errores frecuentes
- No demandé porque mi hijo dice que yo no lo cuidé de niño.
- Según el Minjusdh, aun en ese caso la ley alude a la obligación moral o principio de solidaridad familiar, y es el juez quien decide. Busca asesoría antes de descartar la demanda.
- Demandé solo a un hijo aunque tengo varios.
- Según el artículo 477, el pago se divide entre todos los obligados en proporción a sus posibilidades. Solo en urgente necesidad el juez puede cargarlo a uno.
- Pedí la pensión a mis hijos teniendo esposo con ingresos.
- El artículo 475 pone primero al cónyuge. Revisa con un defensor público a quién corresponde demandar.

Si tu caso es distinto
- Mi hijo dice que tiene una discapacidad y no puede pagar
- Según el Minjusdh, el hijo o su representante debe informarlo al contestar la demanda, dentro del plazo legal y con pruebas. El juez decide.
- Mi hijo tiene otros gastos y dice que no le alcanza
- Según el Minjusdh, si un hijo alega no tener posibilidades, será el juez quien tome la decisión. El artículo 481 manda regular los alimentos según las necesidades de quien los pide y las posibilidades de quien debe darlos.
- Mi hijo no cumple la pensión que fijó el juez
- Según el Minjusdh, incurre en el delito de omisión de asistencia familiar. Mira qué hacer si no pagan la pensión.

Preguntas frecuentes
¿Los hijos están obligados a mantener a sus padres?
Sí, cuando los padres no pueden mantenerse por sí mismos. El artículo 474 del Código Civil dice que se deben alimentos recíprocamente los ascendientes y descendientes.
¿Desde qué edad puedo pedir pensión a mis hijos?
La ley no fija una edad: lo que cuenta es el estado de necesidad. El Minjusdh menciona como referencia a las madres adultas mayores, desde los 60 años, que no pueden generar recursos para su subsistencia.
¿Puedo pedirla sin abogado?
Sí. Según el Poder Judicial, en alimentos el abogado no es obligatorio y hay un formulario gratuito para mayores de edad. La Defensa Pública también te asesora gratis.
¿También pueden pedir alimentos los abuelos o los hermanos?
El artículo 474 incluye a ascendientes y descendientes (abuelos y nietos también) y a los hermanos, con el orden de prelación del artículo 475.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Necesitas pedir una pensión a tus hijos y quieres que un abogado prepare la demanda? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿Dudas sobre a cuál de tus hijos o familiares corresponde pedir? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Alimentos
- Proceso de alimentos
- Prorrateo de alimentos
- Asignación anticipada de alimentos
- Omisión de asistencia familiar
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- MINJUSDH · Código Civil, edición oficial (SPIJ, 16.ª ed., marzo 2015) (texto contrastado el 2 oct. 2026 con el SPIJ (consulta del 14 set. 2026))
- SPIJ (Minjusdh) · Textos consolidados del Código Civil, Código Procesal Civil, Código Penal, Código de los Niños y Adolescentes y Nuevo Código Procesal Penal (textos descargados del SPIJ el 14 set. 2026)
- gob.pe · Minjusdh te orienta cómo solicitar una pensión alimentaria para padres adultos mayores (9 jun. 2025)
- gob.pe · Minjusdh: una madre adulta mayor en situación de vulnerabilidad puede pedir pensión a sus hijos (8 may. 2025)
- gob.pe · Minjusdh: madres en situación de vulnerabilidad tienen derecho a una pensión de alimentos (10 may. 2024 (anterior a 2025))
- gob.pe · Minjusdh: más de 3 meses de incumplimiento en la pensión de alimentos constituye un delito (21 feb. 2025)
- gob.pe · Minjusdh: si incumple el acta de conciliación de alimentos, el juez dispone su ejecución forzada (21 ago. 2025)
- Poder Judicial · Formatos (formularios de demanda de alimentos) (formulario para mayores de edad del 18 feb. 2025)
- Poder Judicial · Formulario de demanda de alimentos para personas mayores de edad (PDF) (publicado el 18 feb. 2025)
- Poder Judicial · Requisitos y procedimientos: Alimentos (sin fecha visible; consultada el 2 oct. 2026)
- gob.pe · Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (Minjusdh) (16 abr. 2026)