Denuncia por difamación en Perú: cómo es la querella y su plazo
La difamación no se denuncia en la comisaría ni en la Fiscalía: la persona ofendida presenta una querella, que es una acusación escrita, directamente ante el Juzgado Penal Unipersonal, con sus pruebas, porque es un delito de acción privada que solo impulsa la víctima. Antes, gob.pe sugiere guardar las pruebas y pedir una rectificación por carta notarial. Ten en cuenta el plazo: la acción prescribe, como regla general, en un tiempo igual a la pena máxima del delito, que para la difamación simple es de dos años.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Poder Judicial (Juzgado Penal Unipersonal) el 1 de octubre de 2026

- Pruebas: capturas, publicaciones, grabaciones, notas de prensa
- Nombres de testigos
- Datos y domicilio de quien te difamó
- Escrito de querella con tus pretensiones penal y civil
- Copias de la querella para cada querellado
- Abogado (recomendado)
Cuánto demora: Plazo general de prescripción: igual a la pena máxima (2 años en la difamación simple). En el juicio, el querellado tiene 5 días hábiles para contestar y la audiencia se fija entre 10 y 30 días después.Dónde: Juzgado Penal Unipersonal del Poder Judicial
Paso a paso
Errores frecuentes
- Fui a la comisaría a denunciar que me difamaron.
- La difamación es de acción privada: se presenta una querella ante el Juzgado Penal Unipersonal. Según gob.pe, la Fiscalía no participa.
- La persona borró la publicación y no tomé capturas.
- Busca testigos que la vieron y otras copias (comentarios, compartidos, notas de prensa). gob.pe recomienda asegurar las pruebas primero.
- Dejé el proceso sin moverlo varios meses.
- Tres meses de inactividad producen el abandono, que se declara de oficio, y quien abandonó no puede intentar la querella de nuevo (art. 464 del Código Procesal Penal).

Si tu caso es distinto
- Me difamaron en Facebook o TikTok
- gob.pe pone como ejemplo de difamación publicar o comentar en redes que alguien es drogadicto, corrupto o violador. Guarda capturas con fecha, perfil y enlace.
- No sé quién está detrás de la cuenta
- En la querella puedes pedir al juez una investigación preliminar a cargo de la Policía para identificar al autor o su domicilio (art. 461 del Código Procesal Penal).
- Me ofendieron delante de otras personas en una discusión
- Según el art. 137 del Código Penal, en injurias recíprocas dichas en el calor de un altercado, el juez puede declarar exentas de pena a una o ambas partes.
- Difamaron a un familiar que ya falleció
- El art. 138 del Código Penal permite que la acción la promuevan su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos.

Preguntas frecuentes
¿Puedo denunciar por difamación sin abogado?
La ley permite que presentes la querella tú mismo o por representante, pero en el juicio tú haces de acusador. Por eso conviene un abogado; si no puedes pagarlo, pide orientación gratuita en ALEGRA o al 1884.
¿Cuánto tiempo tengo para denunciar una difamación?
Como regla general, la acción prescribe en un tiempo igual a la pena máxima: dos años en la difamación simple y tres por medios de comunicación o inteligencia artificial.
¿Qué pena tiene la difamación?
Hasta dos años de cárcel y 30 a 120 días-multa. Si es por medios de comunicación o con inteligencia artificial, de uno a tres años y 120 a 365 días-multa.
¿Decir la verdad sobre alguien es difamación?
El art. 134 solo permite probar la verdad en ciertos casos, por ejemplo si el ofendido es funcionario y se trata de sus funciones. Si se prueba, el autor queda exento de pena. Cada caso lo evalúa el juez.
¿Qué diferencia hay entre injuria, calumnia y difamación?
Injuria es ofender; calumnia es atribuir falsamente un delito; difamación es atribuir algo que daña el honor ante varias personas, de modo que pueda difundirse.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
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Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- gob.pe · Delitos contra el honor (14 ene. 2024)
- gob.pe · Delitos contra el honor: cómo demuestro que he sido víctima de injuria o de calumnia (14 ene. 2024)
- Congreso · Código Penal (D. Leg. 635), texto compilado con sus modificaciones (compilación con normas hasta 2023; consultada el 2 oct. 2026)
- El Peruano · Ley N.° 32314 (modifica los arts. 132 y 196-A del Código Penal y el art. 11 de la Ley 30096) (29 abr. 2025)
- El Peruano · Ley N.° 32029 (texto vigente del art. 80 del Código Penal) (17 may. 2024)
- Congreso · Código Procesal Penal (D. Leg. 957) (texto de 2004; consultado el 2 oct. 2026)
- gob.pe · Obtener asesoría legal gratis en los centros ALEGRA (29 may. 2024)