Juez de paz: qué casos ve, hasta qué monto y si es gratis
El juez de paz es un juez elegido con participación de su comunidad, que no necesita ser abogado y que resuelve conflictos sobre todo mediante la conciliación; según la Ley 29824, ve alimentos, conflictos patrimoniales de hasta 30 URP, faltas y violencia donde no hay otro juez, y su actuación es gratuita por regla general. Puedes acudir de forma verbal o por escrito y sin abogado. Si hay acuerdo, el acta se puede ejecutar como una sentencia.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Poder Judicial (Justicia de Paz) el 3 de octubre de 2026

- Tu DNI
- Nombre y dirección de la otra persona
- Las pruebas que tengas (documentos, recibos, testigos)
Cuánto demora: Una audiencia única, que puede tener varias sesionesDónde: El juzgado de paz de tu localidad
Paso a paso
Errores frecuentes
- Fui al juez de paz por una deuda muy grande.
- El juez de paz ve conflictos patrimoniales de hasta 30 URP. Si tu deuda es mayor, revisa la guía para cobrar una deuda.
- Firmé el acta sin leerla.
- El acta de conciliación tiene mérito de título de ejecución y no se puede apelar, salvo vicio de nulidad. Léela completa antes de firmar.
- Dejé pasar el plazo para apelar la sentencia.
- La apelación se presenta dentro de 5 días hábiles de notificada la sentencia. Pasado ese plazo, la sentencia queda firme.

Si tu caso es distinto
- Necesito legalizar una firma y en mi pueblo no hay notario
- Donde no existe notario, el juez de paz puede certificar firmas y copias, dar constancias de posesión, domicilio o supervivencia y extender escrituras de transferencia posesoria de hasta 50 URP (art. 17 de la Ley 29824).
- Mi vecino me debe dinero y no quiere pagar
- Si la deuda no supera 30 URP, puedes pedirle al juez de paz que los cite. Mira también la guía de problemas con vecinos.
- Quiero pedir alimentos y el padre no reconoce al niño
- El juez de paz ve alimentos solo si el vínculo familiar está acreditado o ambas partes lo aceptan. Si no, la vía es la demanda de filiación y alimentos ante el juez de paz letrado.

Preguntas frecuentes
¿El juez de paz cobra?
No, por regla general su actuación es gratuita. De forma excepcional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede fijar aranceles para diligencias especiales.
¿Hasta qué monto ve el juez de paz?
Según el art. 16 de la Ley 29824, conflictos patrimoniales de hasta 30 URP: unos 16 500 soles en 2026, porque 1 URP es S/ 550.
¿Necesito abogado para ir al juez de paz?
No. La Ley 29824 dice que la intervención de abogado no es necesaria y que puedes presentar tu pedido de forma verbal o por escrito.
¿Puedo apelar lo que decide el juez de paz?
Sí, la sentencia se apela dentro de 5 días hábiles ante el juez de paz letrado o el especializado o mixto más cercano. El acta de conciliación no se apela, salvo vicio de nulidad.
¿Qué casos ve el juez de paz?
Según el art. 16 de la Ley 29824: alimentos, si el vínculo familiar está acreditado o ambas partes lo aceptan; conflictos patrimoniales de hasta 30 URP; faltas, solo cuando no hay juez de paz letrado; y violencia contra las mujeres y la familia donde no hay juzgado de familia ni de paz letrado, entre otros.
¿Necesitas algo más?
La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.
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Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Conciliación extrajudicial
- Acta de conciliación
- Competencia procesal
- Alimentos
- Ejecución forzada
- Recurso de apelación
- Rebeldía
- Debido proceso
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- El Peruano · Ley N.° 29824, Ley de Justicia de Paz (texto publicado) (3 ene. 2012)
- El Peruano · Investigación definitiva N.° 231-2024-Ventanilla (transcribe el art. 16 vigente de la Ley 29824 y la R. A. 341-2014-CE-PJ) (21 mar. 2026)
- Congreso · TUO del Código Procesal Civil (art. 547 cotejado con el SPIJ al 14 set. 2026) (SPIJ consultado el 14 set. 2026)
- El Peruano · R. A. N.° 000481-2025-CE-PJ (URP 2026) (29 dic. 2025)
- gob.pe · Consultar el directorio de jueces de paz de la Corte Superior de Justicia de Junín (28 ago. 2025)
- Poder Judicial · ONAJUP, área de Justicia de Paz (consultada el 3 oct. 2026)