Trámites del Perú, explicados paso a paso
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Difusión de imágenes íntimas: qué hacer si publicaron tus fotos

No borres nada: guarda capturas con fecha, perfil y enlace, y denuncia en la comisaría, en la Fiscalía o en la Central Única de Denuncias (1818). Difundir imágenes íntimas sin autorización es delito (art. 154-B del Código Penal), aunque tú se las hayas enviado a esa persona. Para orientación y apoyo, llama gratis a la Línea 100, las 24 horas.

Las fichas oficiales no indican ningún pagoDenuncia en la comisaría, la Fiscalía o la Central Única de Denuncias
GratisLínea 100 y Chat 100
3 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con PNP · Ministerio Público · Mininter · MIMP el 13 de octubre de 2026

No es tu culpa. Aquí tienes qué hacer, a quién llamar y dónde denunciar, en el orden que lo necesites.
Paul, explica
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Línea 100, Chat 100 y Central Única de Denuncias (1818): las 24 horas, todos los díasDónde: Comisaría, Fiscalía, Central Única de Denuncias del Mininter (web o 1818), Línea 100 o Chat 100

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Pensé que no era delito porque yo le envié las fotos.
    El art. 154-B castiga difundirlas sin autorización. Haberlas compartido con una persona no la autoriza a publicarlas.
    Borré los chats porque me daba vergüenza verlos.
    Recupera lo que puedas (copias de seguridad o capturas). El Mininter recomienda guardar capturas, correos y mensajes para la investigación.
    Creí que tenía que presentar una querella con abogado.
    Ya no. Desde el D. Leg. 1625 (2024), el art. 158 del Código Penal excluye este delito de la acción privada: denuncias en la comisaría o la Fiscalía.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Las imágenes son falsas, hechas o alteradas con IA
    El art. 154-B también incluye imágenes, videos o audios elaborados o modificados por medios digitales o tecnológicos. Si te amenazan con ellos para obtener un acto sexual, la Ley 30096 (art. 5-A) lo castiga como chantaje sexual.
    Fue mi pareja o expareja
    La pena sube a 3 a 6 años. Además, puedes pedir ayuda por la vía de violencia familiar: revisa la guía para denunciar violencia familiar.
    La víctima es menor de edad
    La pena es de 6 a 10 años si la víctima tiene menos de 18 años, y de 10 a 15 años si tiene menos de 14. Denuncia de inmediato en la comisaría o la Fiscalía.
    No sé quién las publicó
    Denuncia con los datos que tengas: perfiles, enlaces y capturas. En la Central Única de Denuncias ni siquiera tienes que identificarte tú.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿Es delito difundir fotos íntimas en Perú?

    Sí. El art. 154-B del Código Penal castiga con 2 a 5 años de cárcel a quien difunde sin autorización imágenes, videos o audios con contenido sexual de otra persona.

    ¿Necesito abogado para denunciar?

    Las fichas oficiales de la comisaría, la Fiscalía y la Central Única de Denuncias no lo piden. Para orientación legal gratuita, llama al 1884 (Fono ALEGRA): según el Minjusdh, desde ahí se puede asignar un defensor público a la víctima.

    ¿Puedo denunciar sin dar mi nombre?

    En la Central Única de Denuncias del Mininter puedes identificarte o no. En ambos casos, tu identidad se mantiene en reserva.

    ¿Qué pasa si las publicaron en redes sociales?

    Es una agravante: la pena sube a 3 a 6 años cuando se usan redes sociales u otro medio de difusión masiva.

    Paul, explica

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales