Trámites del Perú, explicados paso a paso
Salir rápido

Acoso por redes sociales: qué hacer si te acosan y cómo denunciar

Si te acosan por redes sociales, guarda capturas de los mensajes con fecha y perfil, y denuncia en la comisaría, en la Fiscalía o en la Central Única de Denuncias (1818). El acoso por internet es delito (art. 151-A del Código Penal). Para orientación gratuita y confidencial, escribe al Chat 100, que atiende las 24 horas.

Las fichas oficiales no indican ningún pagoDenuncia en la comisaría, la Fiscalía o la Central Única de Denuncias
GratisChat 100
4 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con PNP · Ministerio Público · Mininter · MIMP el 13 de octubre de 2026

No tienes que aguantarlo. Aquí tienes cómo protegerte, a quién pedir ayuda y dónde denunciar.
Paul, explica
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Chat 100 y Central Única de Denuncias (1818): las 24 horas, todos los díasDónde: Comisaría, Fiscalía, Central Única de Denuncias del Mininter (web o 1818) o Chat 100

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Pensé que el acoso por internet no era delito.
    El art. 151-A del Código Penal castiga con la misma pena el acoso hecho con cualquier tecnología de la información o de la comunicación.
    Bloqueé y borré todo antes de tomar capturas.
    Recupera lo que puedas (copias de seguridad o capturas que enviaste a otros). Según gob.pe, hay que guardar las pruebas del acoso.
    Creí que tenía que dar mi nombre para denunciar.
    En la Central Única de Denuncias puedes identificarte o no. En ambos casos, tu identidad se mantiene en reserva.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Crearon un perfil falso con mi nombre y mis fotos
    La Central Única de Denuncias lo pone como ejemplo de delito informático: crear un perfil falso para engañar a tus contactos o arruinar tu reputación. Denúncialo en la opción «delitos informáticos».
    Publicaron o amenazan con publicar mis fotos íntimas
    Revisa la guía difundieron fotos íntimas mías. Si te amenazan para obtener un acto sexual, es chantaje sexual (art. 176-C).
    El acoso viene de un jefe o compañero de trabajo
    Además de la vía penal, revisa la guía de hostigamiento sexual laboral. El acoso en una relación laboral es una agravante del art. 151-A.
    Soy menor de edad o me acosan compañeros del colegio
    Cuéntaselo a una persona adulta de confianza. Según gob.pe, el ciberbullying también se puede reportar en SíseVe. Si la víctima es menor de edad, la pena del acoso es mayor.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿El acoso por redes sociales es delito en Perú?

    Sí. El art. 151-A del Código Penal castiga el acoso hecho por cualquier tecnología de la información o de la comunicación, con 1 a 4 años de cárcel.

    ¿Tiene que repetirse para que sea delito?

    No necesariamente. El art. 151-A también castiga la conducta que no fue reiterada, si altera el normal desarrollo de tu vida cotidiana.

    ¿Puedo denunciar sin dar mi nombre?

    Sí, en la Central Única de Denuncias del Mininter. Puedes identificarte o no, y tu identidad se mantiene en reserva.

    ¿Y si me insultan o publican mentiras sobre mí?

    Eso puede ser un delito contra el honor, que se tramita con querella. Revisa la guía de denuncia por difamación.

    Paul, explica

    ¿Necesitas algo más?

    La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales