Trámites del Perú, explicados paso a paso

Abandono de hogar: mi pareja se fue de la casa, qué hacer

Si tu pareja se fue de la casa, primero asegura lo urgente: si hay hijos, pide su pensión de alimentos desde ya; no tienes que esperar. Anota la fecha en que se fue y guarda pruebas. El abandono injustificado por más de dos años es causal de divorcio. Si eran convivientes, también tienes derechos. Pide asesoría gratuita al 1884.

Gratis para personas sin recursos suficientesAsesoría de la Defensa Pública (ALEGRA)
Gratis, las 24 horasLínea 100 (si hay violencia)
8 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Poder Judicial (Juzgado de Familia) · Defensa Pública (Minjusdh) el 13 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Alimentos de los hijos: puedes pedirlos de inmediato. Divorcio por abandono: después de más de 2 años de abandono injustificado. Separación de hecho: 2 años, o 4 si hay hijos menoresDónde: Centros ALEGRA de la Defensa Pública y el Poder Judicial

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Esperé a que pasaran los dos años para pedir la pensión de mis hijos.
    La pensión de alimentos de los hijos se puede pedir desde ya. Los dos años solo cuentan para la causal de divorcio por abandono.
    Fui a denunciar a mi pareja por «abandono de hogar» como delito.
    Irse de la casa, por sí solo, no es omisión de asistencia familiar: ese delito exige una resolución judicial de alimentos que no se cumple (Código Penal, art. 149). Primero pide la pensión.
    Yo me fui de la casa y quise divorciarme por abandono.
    No puedes fundar la demanda en tu propio hecho (art. 335). Puedes pedir el divorcio por separación de hecho si estás al día con los alimentos (art. 345-A).
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Me fui de la casa por violencia
    Busca ayuda en la Línea 100 o en un CEM y denuncia. El art. 291 solo hace perder el derecho de alimentos a quien abandona «sin justa causa»; consulta tu caso con la Defensa Pública.
    Estoy embarazada y mi pareja se fue
    El Código Penal (art. 150) castiga a quien abandona a una mujer en gestación, a la que ha embarazado, y que se halla en situación crítica. Busca asesoría gratuita en ALEGRA (1884).
    Fijaron una pensión y no la paga
    Si no cumple una resolución judicial de alimentos, puede cometer el delito de omisión de asistencia familiar (Código Penal, art. 149). Revisa qué hacer si no pagan la pensión.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿El abandono de hogar es delito en Perú?

    Irse de la casa, por sí solo, no es omisión de asistencia familiar: ese delito exige incumplir una pensión fijada por un juez. Sí hay delitos específicos, como abandonar a una mujer embarazada en situación crítica (Código Penal, art. 150).

    ¿Cuánto tiempo debe pasar para que sea abandono de hogar?

    Para divorciarte por esa causal, más de dos años continuos de abandono injustificado, o periodos que sumados superen ese plazo (Código Civil, art. 333, inc. 5).

    ¿Puedo pedir pensión de alimentos si mi pareja se fue?

    Sí. Para tus hijos, desde ya. Si están casados, los cónyuges se deben alimentos (art. 474); y si eran convivientes, el juez puede conceder al abandonado, a su elección, alimentos o una indemnización (art. 326).

    ¿Pierdo mis derechos si yo me voy de la casa?

    Si te vas sin justa causa y te niegas a volver, pierdes el derecho a que tu cónyuge te mantenga (art. 291). Tus deberes con tus hijos siguen igual.

    ¿Necesito abogado?

    Para el divorcio por causal, sí: es un juicio. Si no puedes pagarlo, la Defensa Pública te asesora gratis en materia familiar (línea 1884).

    Paul, satisfecho

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales