Licencia por paternidad en Perú: cuántos días te tocan y cómo pedirla
Tienes 10 días calendario consecutivos de licencia pagada por el nacimiento de tu hijo o hija (parto natural o cesárea). Son 20 días si el parto es prematuro o múltiple, y 30 días si el bebé nace con una enfermedad congénita terminal o discapacidad severa, o si la madre tiene complicaciones graves de salud. La da tu empleador, público o privado. Avísale la fecha probable de parto con 15 días naturales de anticipación.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Tu empleador el 2 de octubre de 2026

- Comunicar a tu empleador la fecha probable de parto, 15 días naturales antes
- Certificado médico, si empiezas la licencia antes del parto
- Avisar con 15 días si quieres sumar tus vacaciones pendientes
Cuánto demora: 10, 20 o 30 días calendario consecutivos, según el casoDónde: Ante tu empleador (sector público o privado)
Paso a paso
Errores frecuentes
- Mi empleador me dio 4 días hábiles.
- Esa era la regla original. Desde la Ley 30807 (2018), la licencia es de 10 días calendario consecutivos por parto natural o cesárea.
- No avisé con 15 días y me dijeron que perdí la licencia.
- El reglamento dice que no respetar ese plazo no hace perder el derecho a la licencia por paternidad.
- Pedí la licencia mientras estaba de vacaciones.
- El reglamento señala que no corresponde si estás de vacaciones o con el contrato suspendido. Planifica las fechas con tu empleador.

Si tu caso es distinto
- La madre falleció en el parto o durante su licencia por maternidad
- El padre recibe esa licencia con goce de haber, acumulada a la suya.
- Trabajo en el Estado, con contrato CAS, o en las Fuerzas Armadas o la Policía
- También te corresponde: la licencia alcanza a trabajadores públicos y privados de cualquier régimen laboral, incluidos el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
- Mi empleador se niega a darme la licencia
- Puedes acudir a la SUNAFIL. Revisa la guía de denuncia ante SUNAFIL.

Preguntas frecuentes
¿Ya son 15 días de licencia?
No. El 23 de junio de 2026 la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen para llevarla a 15 días calendario, pero un dictamen no es ley. Al 2 de octubre de 2026 no se ha publicado en El Peruano ninguna ley que cambie los 10 días.
¿Me pagan durante la licencia?
Sí. Recibes la remuneración que habrías percibido si siguieras trabajando.
¿La licencia se pide a EsSalud?
No. La Ley 30807 dice que la otorga el empleador. El subsidio por maternidad de la madre es otro trámite: revisa la guía de subsidio por maternidad.
¿Necesitas algo más?
La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Tu empleador te negó la licencia o te descontó esos días? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿Dudas sobre cuántos días te tocan en tu caso? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- El Peruano · Ley N.° 30807 (modifica el art. 2 de la Ley 29409) (5 jul. 2018)
- gob.pe · MTPE: Ley N.° 30807 (consultada el 1 oct. 2026)
- Congreso · Reglamento de la Ley 29409 (D.S. N.° 014-2010-TR) (texto de 2010; consultado el 1 oct. 2026)
- Congreso · Comisión de Trabajo aprueba dictamen para ampliar la licencia a 15 días (23 jun. 2026)