Violencia económica: qué es, cómo denunciarla y qué medidas pedir
La violencia económica o patrimonial es, según el artículo 8 de la Ley 30364, la acción u omisión que daña tus recursos económicos o tus bienes en una relación de poder, responsabilidad o confianza: por ejemplo, controlar tus ingresos, quitarte documentos o bienes, o negarte lo indispensable para vivir. Puedes denunciarla sin abogado ni pago, y llamar gratis a la Línea 100.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con MIMP (Línea 100, CEM) + PNP + Juzgado de Familia el 1 de octubre de 2026

- Contar los hechos con detalle
- Los documentos o pruebas que tengas (no son obligatorios para denunciar)
- Datos del agresor, si los conoces
Cuánto demora: Línea 100: las 24 horas, todos los días. Medidas de protección: hasta 48 horas desde la denunciaDónde: Línea 100, Centro Emergencia Mujer (CEM), comisaría, fiscalía penal o de familia, o Juzgado de Familia
Paso a paso
Errores frecuentes
- Pensé que sin golpes no podía denunciar.
- La violencia económica o patrimonial es uno de los tipos de violencia de la Ley 30364 (art. 8). Se denuncia igual que las demás.
- No denuncié porque no tenía pruebas.
- Para denunciar no es exigible presentar exámenes, pericias ni huellas visibles. Si tienes documentos, se reciben y se suman al expediente (art. 15).
- Creí que necesitaba un abogado para denunciar.
- La denuncia no requiere firma de abogado ni pago. Si quieres asesoría legal, el CEM la brinda gratis.

Si tu caso es distinto
- El padre de mis hijos no paga la pensión
- Si vives con tus hijos, la evasión de las obligaciones alimentarias por parte de la pareja se considera violencia económica (art. 8). Además, puedes exigir la pensión por la vía de alimentos.
- Mi pareja me quitó mi DNI y mi tarjeta del banco
- La retención o apropiación indebida de documentos personales y bienes está entre los ejemplos de violencia económica del art. 8. Puedes denunciar y pedir medidas de protección.
- Tengo miedo de que venda la casa que compramos juntos
- Una de las medidas de protección es prohibir al presunto agresor disponer, enajenar, ocultar o hipotecar los bienes comunes de la sociedad conyugal o de la pareja conviviente (Ley 31715).

Preguntas frecuentes
¿Qué es la violencia económica según la ley peruana?
Es la acción u omisión que causa un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de una mujer por su condición de tal, o de cualquier integrante del grupo familiar, en una relación de poder, responsabilidad o confianza (art. 8 de la Ley 30364).
¿Dónde denuncio la violencia económica?
En la Policía, en una fiscalía penal o de familia o en un juzgado de familia. Donde no haya juzgado de familia, en un juzgado de paz letrado o de paz.
¿Necesito abogado o pagar algo para denunciar?
No. La ley dice que no se requiere firma de abogado, tasa ni otra formalidad.
¿Cuánto demoran las medidas de protección?
Según la Ley 31715, desde la denuncia hasta que se dictan no deben pasar más de 48 horas, y deben ejecutarse de inmediato.
¿Necesitas algo más?
La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Necesitas que un abogado te acompañe en la denuncia o en el pedido de medidas sobre tus bienes? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿Tienes una duda sobre los pasos? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Violencia económica o patrimonial
- Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
- Medidas de protección
- Medida cautelar
- Alimentos
- Bienes comunes
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- SPIJ (Minjusdh) · TUO de la Ley N.° 30364 (D.S. 004-2020-MIMP), texto consolidado (arts. 8, 15, 32, 34 y 39) (descarga del 16 set. 2026)
- Congreso · Ley N.° 30862 (modifica el art. 8 de la Ley 30364: violencia económica) (El Peruano, 25 oct. 2018)
- Defensoría del Pueblo · Ley N.° 30364 con sus modificaciones (numerales del art. 8, inc. d) (compilación de feb. 2019)
- El Peruano · Decreto Legislativo N.° 1386 (medidas de protección y medidas cautelares) (El Peruano, 4 set. 2018)
- Congreso · Ley N.° 31715 (modifica los arts. 15, 16 y 22 de la Ley 30364) (El Peruano, 22 mar. 2023)
- gob.pe · MIMP: Evolución de la Ley N.° 30364 (21 oct. 2025)
- gob.pe · Servicios para atender casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (MIMP) (24 jun. 2026)
- gob.pe · Directorio de servicios del Programa Nacional Warmi Ñan (19 ene. 2026)
- gob.pe · PNP: contacto y números de emergencia (consultada el 3 oct. 2026)