Renunciar a una herencia en Perú: cómo se hace y en qué plazo
Para renunciar a una herencia en el Perú tienes que hacerlo por escritura pública ante un notario o en un acta ante el juez que corresponde a la sucesión de tu familiar fallecido, bajo sanción de nulidad, según el artículo 675 del Código Civil. Si pasan 3 meses (6 si estás en el extranjero) sin renunciar, la ley presume que aceptaste. La renuncia es total e irrevocable.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Código Civil · Notaría o juzgado del último domicilio el 1 de octubre de 2026

- Tu DNI
- Datos del fallecido y copia de su acta de defunción
- Documento que pruebe tu parentesco (por ejemplo, tu acta de nacimiento)
- Autorización judicial, si renuncias en nombre de un menor
Cuánto demora: Antes de que pasen 3 meses (6 si estás en el extranjero); después, la herencia se presume aceptadaDónde: Cualquier notaría (escritura pública) o el juzgado del lugar del último domicilio del fallecido
Paso a paso
Errores frecuentes
- Firmé un documento simple diciendo que renunciaba.
- La renuncia debe hacerse en escritura pública o en acta ante el juez de la sucesión, bajo sanción de nulidad (artículo 675). Un documento simple no basta.
- Dejé pasar seis meses viviendo en Lima sin decidir.
- Si estás en el Perú, la herencia se presume aceptada a los 3 meses sin renuncia, y ese plazo no se interrumpe (artículo 673). Aun así, solo respondes de las deudas con los bienes de la herencia (artículo 661).
- Quise renunciar solo a mi parte de la casa.
- La renuncia no puede ser parcial, condicional ni a plazo (artículo 677). Se renuncia a toda la herencia o a nada.

Si tu caso es distinto
- Quiero renunciar para que mi parte sea de mi hermano
- La renuncia no te deja elegir quién recibe tu parte: si tienes hijos, pueden heredar por representación (artículo 681). Para transferir tu parte a alguien concreto existe otra figura; busca asesoría antes de firmar.
- Vivo fuera del Perú
- Tienes 6 meses antes de que la herencia se presuma aceptada (artículo 673). Puedes otorgar la escritura pública en un consulado peruano.
- El heredero es mi hijo menor de edad
- Los padres necesitan autorización judicial para renunciar herencias en nombre del menor (artículo 448, inciso 4).

Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para renunciar a una herencia?
La herencia se presume aceptada a los 3 meses si estás en el Perú, o a los 6 si estás en el extranjero, cuando no has renunciado (artículo 673).
¿Puedo renunciar a la herencia de mis padres en vida?
No. El artículo 678 dice que no hay aceptación ni renuncia de herencia futura.
¿Puedo arrepentirme después de renunciar?
No. La aceptación y la renuncia de la herencia son irrevocables (artículo 677).
¿Cuánto cuesta renunciar a una herencia?
Depende de la notaría donde otorgues la escritura pública. Pide el presupuesto por escrito. Si lo haces ante el juez, el acta debe protocolizarse en una notaría.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Estás pensando en renunciar a una herencia y quieres saber qué consecuencias tiene? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
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Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Renuncia de la herencia
- Aceptación de la herencia
- Escritura pública
- Representación sucesoria
- Cesión de derechos hereditarios
- Apertura de la sucesión
- Heredero
- Causante
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- MINJUSDH · Código Civil, edición oficial (SPIJ, 16.ª ed., marzo 2015) (texto contrastado el 2 oct. 2026 con el SPIJ (consulta del 14 set. 2026))
- Código Civil · texto SPIJ actualizado (publicado por el SAT de Lima) (consultado el 2 oct. 2026)
- Minjusdh · Directorio Notarial del Perú (15 ene. 2026)
- gob.pe · Asesoría legal gratis en los centros ALEGRA (29 may. 2024)
- Minjusdh · Directorio de centros ALEGRA y Mega ALEGRA (28 nov. 2025)