Trámites del Perú, explicados paso a paso

Retiro de CTS: el 100 % hasta el 31/12/2026 y qué pasa al cese

Hoy puedes disponer del 100 % de tu CTS aunque sigas trabajando: la Ley 32322 lo autoriza «por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2026». El dinero está en la entidad financiera que elegiste para tus depósitos. Si te diagnostican cáncer o una enfermedad terminal, puedes retirar el 100 % en cualquier momento, con un certificado médico que presentas a tu empleador. Y cuando dejas de trabajar, tu empleador debe darte la constancia de cese dentro de las 48 horas.

La Ley 32322 no fija ningún cobroRetiro en tu entidad financiera
GratuitoConstancia de cese ante SUNAFIL (si tu empleador no te la da)
3 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el 1 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Retiro del 100 %: hasta el 31 de diciembre de 2026 · Constancia de cese: 48 horas desde el ceseDónde: En la entidad financiera donde está tu cuenta CTS

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Dejé el retiro del 100 % para el próximo año.
    La Ley 32322 autoriza el retiro del 100 % solo hasta el 31 de diciembre de 2026. Después de esa fecha, esa autorización ya no rige.
    Mi empleador no me da la constancia de cese y el banco no me entrega mi CTS.
    La entidad financiera paga la CTS con la certificación de cese del empleador. Si él no te la da en 48 horas, SUNAFIL te la otorga gratis.
    Presenté un certificado médico incompleto.
    El certificado debe incluir los datos del establecimiento, tus datos, el diagnóstico, la calificación como cáncer o enfermedad terminal, y la firma, nombre y colegiatura del médico.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Sigo trabajando en la misma empresa
    Igual puedes disponer del 100 % de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2026: la Ley 32322 no exige que hayas dejado de trabajar.
    Tengo un embargo por alimentos
    La ley permite embargar la CTS por alimentos hasta el 50 %. Si es tu caso, revisa con un abogado cuánto puedes retirar.
    Me despidieron y además quiero reclamar
    Retirar tu CTS no te impide reclamar. Revisa los plazos en la guía de despido arbitrario: algunos son muy cortos.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿Hasta cuándo puedo retirar el 100 % de mi CTS?

    Hasta el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32322. Si tienes cáncer o una enfermedad terminal, el retiro del 100 % no tiene fecha límite.

    ¿Y después del 31 de diciembre de 2026?

    Deja de regir el retiro del 100 % de la Ley 32322 y quedan las reglas permanentes: la Ley 30334 (art. 5) permite disponer libremente del 100 % de lo que exceda 4 remuneraciones brutas, y la Ley de CTS, modificada por la Ley 32322, permite retiros parciales «siempre que no exceda del 50%» del depósito e intereses. Ninguna norma aclara cómo se combinan ambas reglas. Antes de pedir un retiro en 2027, pide a tu empleador que comunique tu monto intangible a la entidad y confirma allí cuánto está disponible. El retiro del 100 % por cáncer o enfermedad terminal sigue sin fecha límite.

    ¿Cuándo deposita mi empleador la CTS?

    En los primeros 15 días de mayo y de noviembre, en una cuenta a tu nombre en la entidad financiera que elegiste.

    ¿Mi empleador sabrá mi diagnóstico?

    Tu empleador recibe el certificado médico para acreditar el caso. La constancia que envía a tu entidad financiera debe proteger tus datos sensibles, según la Ley de Protección de Datos Personales.

    Paul, satisfecho

    ¿Necesitas algo más?

    La mayoría termina aquí. Si tu caso se complicó o quieres aprender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales