Transferencia vehicular por sucesión: pasar el auto a los herederos
Para pasar a los herederos el vehículo de un familiar fallecido, primero debe estar inscrita en SUNARP la sucesión intestada o el testamento. Luego presentas el formato de solicitud con el número de partida de esa sucesión y el tipo y número de DNI de cada heredero, que vale como declaración jurada. Ya no se piden copias certificadas.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con SUNARP el 12 de octubre de 2026

- Sucesión intestada o ampliación del testamento ya inscrita en SUNARP
- Número de partida y oficina registral de esa inscripción
- Tipo y número de documento de identidad de cada heredero (va en el formato como declaración jurada)
- Formato de solicitud de inscripción
- Pago de los derechos registrales
Cuánto demora: Después de inscrita la sucesión; el plazo de calificación lo informa la oficina registral (Aló SUNARP: 0800-27164)Dónde: SUNARP, Registro de Propiedad Vehicular
Paso a paso
Errores frecuentes
- Fuimos a SUNARP a pasar el auto sin haber inscrito la sucesión.
- La transferencia por sucesión se inscribe en mérito a la sucesión intestada o al testamento ya inscritos. Primero inscriban la sucesión.
- Gastamos en legalizar copias de los DNI de todos los herederos.
- Desde noviembre de 2024 no se exigen. Basta poner el tipo y número de documento de cada heredero en el formato, como declaración jurada.
- No sabíamos el número de partida de la sucesión.
- Es el dato que se pone en el formato de solicitud. Si lo tienes, puedes revisar el contenido de esa partida gratis en Conoce Aquí.

Si tu caso es distinto
- Mi familiar dejó testamento
- En ese caso la base es la ampliación del asiento del testamento en el Registro de Personas Naturales. Tiene que estar inscrita antes de pedir la transferencia del vehículo.
- El vehículo tiene placa antigua
- Según SUNARP, el procedimiento de transferencia por sucesión comprende también el cambio de placa si el vehículo está registrado con placa antigua. Revisa la guía de cambio de placa antigua.
- Los herederos quieren vender el auto
- Primero el vehículo debe pasar a nombre de los herederos. Después, la venta sigue la guía de transferencia vehicular.
- Los herederos no se ponen de acuerdo sobre el auto
- Repartir los bienes es otro paso: revisa la guía de división y partición de herencia.

Preguntas frecuentes
¿Hace falta notario para pasar el auto a los herederos?
Para el paso del vehículo, no: basta el formato con la partida de la sucesión y el tipo y número de DNI de los herederos, como declaración jurada. Antes sí debe estar inscrita la sucesión intestada o el testamento.
¿Cuánto cobra SUNARP por pasar el auto a los herederos?
SUNARP liquida los derechos al calificar. La tabla 2026 no tiene una línea propia para la transferencia vehicular por sucesión. Pregunta el monto en Aló SUNARP (0800-27164, gratis).
¿Puedo pasar el auto sin inscribir la sucesión?
No. La transferencia por sucesión se inscribe en mérito a la sucesión intestada o al testamento ya inscritos en el Registro de Personas Naturales.
¿Qué norma regula esta inscripción?
El artículo 71 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular (Res. N.° 039-2013-SUNARP-SN), modificado por la Res. N.° 00168-2024-SUNARP/SN, publicada en El Peruano el 8 de noviembre de 2024.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Prefieres que un abogado lleve la sucesión y la transferencia del vehículo? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
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Palabras que vas a encontrar
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Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- El Peruano · Res. N.° 00168-2024-SUNARP/SN (modifica el art. 71 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular) (8 nov. 2024)
- SUNARP · Capacitación Registral: reglamentos y sus modificaciones (consultada el 12 oct. 2026)
- gob.pe · Resolución N.° 094-2025-SUNARP/SN (última modificación del reglamento vehicular) (11 jul. 2025)
- SUNARP · Anexo 2, tasas registrales para servicios no prediales (Res. 00038-2026-SUNARP/GG) (6 mar. 2026)
- gob.pe · Resolución N.° 00038-2026-SUNARP/GG (6 mar. 2026)
- SUNARP · Capacitación Registral · Levantamiento de hipoteca (plazo y Aló SUNARP) (consultada el 1 oct. 2026)
- gob.pe · Sedes de la SUNARP (consultada el 12 oct. 2026)
- gob.pe · Conocer el estado de tu trámite de inscripción en la Sunarp - Síguelo Plus (3 may. 2024)
- gob.pe · Consultar los datos de un vehículo - Consulta Vehicular (10 dic. 2024)