Actos de hostilidad y despido indirecto: cómo reclamar y en qué plazo
Los actos de hostilidad son conductas del empleador que la ley equipara al despido: no pagarte a tiempo, reducirte la categoría y el sueldo, trasladarte lejos para perjudicarte, no cuidar tu seguridad, la violencia, la discriminación o los actos que afectan tu dignidad. Antes de demandar debes emplazar por escrito al empleador con un plazo no menor de seis días naturales. Luego eliges: exigir que cese la hostilidad o terminar el contrato y cobrar la indemnización (despido indirecto).
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Empleador, SUNAFIL y Poder Judicial el 1 de octubre de 2026

- Pruebas del acto: boletas con el sueldo rebajado, la orden de traslado, mensajes o testigos
- Tu carta de emplazamiento con el cargo de recepción
- Tu contrato y tus boletas de pago
- Tu DNI y el RUC de la empresa
Cuánto demora: Plazo al empleador: no menor de 6 días naturales · Para demandar: 30 días naturales desde que vence ese plazo (la Corte Suprema los contó en días hábiles)Dónde: Por escrito al empleador; SUNAFIL (denuncia); Poder Judicial (demanda)
Paso a paso
Errores frecuentes
- Dejé de ir a trabajar sin emplazar antes al empleador.
- La ley exige emplazar por escrito antes de accionar judicialmente. Si dejas de ir sin hacerlo, el empleador podría alegar abandono de trabajo, que la ley considera falta grave cuando supera tres días consecutivos.
- Le di al empleador solo dos días para corregir.
- El plazo debe ser razonable y no menor de seis días naturales. Envía un nuevo emplazamiento con el plazo correcto.
- Esperé meses después del emplazamiento para demandar.
- El plazo de treinta días se cuenta desde el día siguiente de vencido el plazo que diste. Si la hostilidad continúa, la Corte Suprema aceptó un nuevo emplazamiento; consúltalo con un abogado.

Si tu caso es distinto
- Acoso laboral: mi jefe me grita, me humilla o me maltrata
- La ley considera acto de hostilidad el faltamiento grave de palabra y los actos que afectan tu dignidad (art. 30, literales e y g). Según SUNAFIL, si tu empleador te levanta la voz o te agrede verbal o físicamente, es hostilidad laboral. Para la inspección es una infracción muy grave, y también lo es que la empresa no tome medidas para prevenirla o detenerla. Guarda mensajes, capturas y nombres de testigos, reclama por escrito y presenta tu denuncia ante SUNAFIL. Si el acoso es sexual, sigue la guía de hostigamiento sexual laboral.
- Me pagan el sueldo con semanas de retraso
- La falta de pago oportuno es un acto de hostilidad, salvo fuerza mayor o caso fortuito probados por el empleador. También puedes denunciarlo ante SUNAFIL.
- Me cambiaron el horario o el lugar de trabajo
- Tu empleador puede fijar y cambiar tu hora de ingreso y salida, siempre que no cambie el número de horas que trabajas (D.S. 007-2002-TR, art. 6). Si el cambio es colectivo, de más de una hora, y la mayoría no está de acuerdo, pueden acudir a la Autoridad Administrativa de Trabajo; si el cambio es solo para ti, lo impugnas ante el Poder Judicial. El cambio de lugar es hostil cuando te lleva a un ámbito geográfico distinto con el deliberado propósito de perjudicarte. Tendrás que mostrar ese propósito con pruebas.
- La hostilidad no se detiene
- En la Casación Laboral 14958-2021, la Corte Suprema aceptó que, si la conducta hostil es permanente, se puede pedir su cese las veces necesarias. El plazo se contó desde la última carta.

Preguntas frecuentes
¿Qué es el despido indirecto?
Es cuando, ante un acto de hostilidad, eliges dar por terminado el contrato y demandar la indemnización de una remuneración y media por año (máximo 12). La ley llama a estos actos «equiparables al despido».
¿Cuánto tiempo le doy al empleador en la carta?
Un plazo razonable no menor de seis días naturales para que haga su descargo o enmiende su conducta.
¿Cuántos días tengo para demandar por hostilidad?
Treinta días naturales, contados desde el día siguiente de vencido el plazo que diste al empleador. La Corte Suprema los ha contado en días hábiles.
¿Dónde se demanda la hostilidad?
Ante el Poder Judicial. Según la Ley 32165 (2024), los actos de hostilidad entendidos como acoso moral y hostigamiento sexual van al juzgado de paz letrado laboral, en proceso abreviado. Un abogado te dirá qué juzgado toca en tu caso.
¿Me pueden bajar el sueldo sin mi acuerdo?
La ley considera acto de hostilidad «la reducción de la categoría y de la remuneración» (art. 30, literal b). Según El Peruano, la Corte Suprema exigió como regla un acuerdo expreso del trabajador o un convenio colectivo (Casación 3711-2016), pero en 2024 validó una rebaja sin acuerdo, en una empresa en crisis y sin reclamo del trabajador (Casación 33152-2022). Esos fallos no obligan a otros jueces. Si te la bajaron, no firmes nada sin leerlo y reclama por escrito cuanto antes.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Te están hostilizando y quieres saber si conviene exigir que pare o terminar el contrato? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
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Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Actos de hostilidad
- Reducción de remuneración
- Indemnización por despido arbitrario
- Caducidad de la acción por despido
- Hostigamiento sexual laboral
- Abandono de trabajo
- SUNAFIL
- Ius variandi
- Jornada de trabajo
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- SPIJ · TUO del D. Leg. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (D.S. 003-97-TR), edición actualizada (publicada en SPIJ en abr. 2021; vigencia revisada el 2 oct. 2026)
- Congreso · Ley 30709, prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres (modifica el art. 30.b del TUO del D. Leg. 728) (27 dic. 2017)
- SPIJ · Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo (D.S. 001-96-TR) (publicado en SPIJ en ago. 2020; vigencia revisada el 2 oct. 2026)
- El Peruano · «Suprema precisa plazo para demandar cese de actos de hostilidad» (Casación Laboral 14958-2021) (30 set. 2026)
- El Peruano · Ley 32165, modifica la Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo (noviembre de 2024)
- gob.pe · Sunafil: ¿Sabes qué tipo de denuncias puedes presentar en la Sunafil? (11 jul. 2025)
- SUNAFIL · Denuncia virtual (consultada el 2 oct. 2026)
- gob.pe · Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada (consultada el 2 oct. 2026)
- MTPE · Servicio de Patrocinio Judicial Gratuito (sin fecha visible; consultada el 2 oct. 2026)
- gob.pe · MTPE: ¿Te despidieron? MTPE te orienta gratis para que sepas cuánto te corresponde (6 ene. 2026)
- El Peruano · D.S. 007-2017-TR, modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (art. 25, nums. 25.14 y 25.15) (31 may. 2017)
- gob.pe · Sunafil: Actos de hostilidad en empresas privadas se pueden denunciar ante la Sunafil (13 oct. 2023)
- El Peruano · «¿Te pueden reducir el sueldo sin avisarte? La Corte Suprema lo permite» (Casaciones 3711-2016 y 33152-2022) (14 may. 2025)
- MTPE · Compendio de normas sobre la legislación laboral del régimen privado (TUO del D. Leg. 854, D.S. 007-2002-TR, art. 6) (28 dic. 2017; consultado el 12 oct. 2026)