Trámites del Perú, explicados paso a paso

El dueño vendió la casa que alquilo: tus derechos y qué hacer

Si el dueño vendió la casa que alquilas, no pueden sacarte de un día para otro. Si tu contrato está inscrito en Sunarp, el nuevo dueño debe respetarlo. Si no lo está, puede darlo por concluido, salvo que haya asumido respetarlo, y el antiguo dueño te debe los daños y perjuicios. Pide todo por escrito.

GratisVer la partida en Conoce Aquí (Sunarp)
Gratuita si eres de escasos recursos o estás en situación vulnerableConciliación en centros del Minjusdh
6 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Sunarp, centros de conciliación y Poder Judicial el 11 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Depende del acuerdo con el nuevo dueño; si hay desalojo, lo ordena un juez o, en ciertos contratos, un notario con ejecución judicialDónde: Sunarp (en línea), notaría o centro de conciliación y, si hace falta, el juez

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Dejé de pagar porque ya no sabía a quién pagarle.
    No dejes de pagar. Confirma en Sunarp quién es el dueño y, si no sabes a quién pagar o no te reciben, consulta sobre el pago por consignación (Código Civil, arts. 1251 y 1252).
    Le pagué la renta a una persona que dijo ser el nuevo dueño sin verificarlo.
    Antes de pagar a alguien nuevo, revisa la partida en Sunarp y pide un documento firmado sobre a quién y cómo pagar.
    Me fui dejando las llaves al portero, sin constancia.
    Para desocupar, el inquilino debe recabar autorización escrita del arrendador (art. 1711). Entrega con un acta firmada y guarda una copia.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Mi contrato está inscrito en Sunarp
    El nuevo dueño debe respetar el contrato y queda sustituido en todos los derechos y obligaciones del arrendador (art. 1708, inc. 1). Sigues hasta el final del plazo, en las mismas condiciones.
    No tengo contrato escrito
    Reúne pruebas de que alquilas: vouchers, recibos, mensajes. Si el alquiler no tiene plazo fijo, se le pone fin dando aviso judicial o extrajudicial al otro contratante (art. 1703). Pide orientación en ALEGRA.
    El nuevo dueño me cortó la luz o el agua
    El Tribunal Constitucional señaló que el corte de luz y agua no es un medio válido para obligar a desalojar (Exp. N.° 03668-2009-PA/TC). Guarda pruebas y busca asesoría legal.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿El nuevo dueño puede sacarme de la casa?

    Si tu contrato no está inscrito, puede darlo por concluido, salvo que haya asumido respetarlo; si está inscrito, debe respetarlo (art. 1708 del Código Civil). En ningún caso puede sacarte por la fuerza: el desalojo lo ordena un juez o un notario con ejecución judicial.

    ¿Cuánto tiempo me tienen que dar para irme?

    El art. 1708 del Código Civil no fija un plazo especial para este caso. Negocia una fecha por escrito y, si no hay acuerdo, busca orientación legal.

    ¿Quién me devuelve la garantía?

    Si el nuevo dueño asumió el contrato o tu contrato está inscrito, él ocupa el lugar del antiguo dueño en sus derechos y obligaciones (art. 1708). Si no, reclámala a quien la recibió. Deja por escrito quién la devolverá.

    ¿Puedo pedir una indemnización?

    Sí. Si el alquiler termina por la venta, el antiguo dueño debe pagarte los daños y perjuicios que te causó (art. 1709 del Código Civil). Tendrás que probarlos.

    Paul, satisfecho

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales