Trámites del Perú, explicados paso a paso

Derechos de la conviviente: murió mi pareja y no estábamos casados

Si tu pareja murió y no estaban casados, puedes tener derechos de herencia similares a los de un cónyuge si su unión de hecho duró al menos dos años, ambos estaban libres de impedimento matrimonial y seguía vigente al fallecer. Si la unión estaba inscrita en Sunarp y no hay testamento, puedes pedir la sucesión intestada en una notaría; si no estaba inscrita, primero pide al juez que la reconozca.

Según la tasa vigente en el SPRLCertificados de Sunarp (unión de hecho, testamento, sucesión)
Honorarios de la notaría, que varíanSucesión intestada notarial
7 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Sunarp, notaría, Poder Judicial y ONP el 12 de octubre de 2026

Lamentamos tu pérdida. Aquí tienes, con calma y en orden, lo que puedes hacer cuando estés listo.
Paul, explica
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Depende de si la unión estaba inscrita: con inscripción, el trámite notarial; sin ella, primero un juicio de reconocimientoDónde: Sunarp (SPRL en línea), notaría del último domicilio de tu pareja, juzgado de familia y ONP

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Creí que, al no estar casados, no tenía ningún derecho.
    Si la unión cumple las condiciones del art. 326 del Código Civil y seguía vigente al fallecer, el conviviente tiene derechos sucesorios similares a los del cónyuge.
    Fui a la notaría para que reconozca la unión después de la muerte.
    La notaría requiere la firma de ambos convivientes. Si tu pareja ya falleció y la unión no estaba inscrita, el camino es el reconocimiento judicial (Ley N.° 30007, art. 3).
    Los familiares de mi pareja hicieron la sucesión sin incluirme.
    Busca asesoría legal: con tu unión reconocida, puedes reclamar tu parte ante el juez. La Defensa Pública atiende gratis si no tienes recursos.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Tenemos hijos en común
    Los hijos heredan en el primer orden y el conviviente concurre con ellos (art. 816). Para la pensión de viudez, la ONP indica que no importa cuándo se formó la unión si tienen o tuvieron hijos en común.
    Mi pareja seguía casada con otra persona
    Entonces no había una unión libre de impedimento matrimonial y no aplican los derechos sucesorios del art. 326. La ley deja abierta la acción de enriquecimiento indebido; consulta con un abogado.
    Vivimos juntos menos de dos años
    La ley exige al menos dos años continuos para que la unión produzca estos efectos. Revisa con un abogado qué otras vías tienes.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿La conviviente tiene derecho a herencia en Perú?

    Sí, si la unión de hecho reunió las condiciones del art. 326 del Código Civil y seguía vigente al fallecer, y está inscrita o se reconoce judicialmente (Ley N.° 30007).

    ¿Puedo reconocer la unión de hecho si mi pareja ya murió?

    Sí, ante el juez. La Ley N.° 30007 permite al sobreviviente pedir el reconocimiento judicial si la unión no se inscribió en vida.

    ¿Cuánto me toca de la casa?

    Si la casa es un bien ganancial, primero se divide por mitad (art. 323): esa mitad te corresponde. La otra mitad es la herencia, que compartes con los hijos o padres de tu pareja, si los hay. Si tu parte no alcanza para quedarte con la casa, puedes optar por el derecho de habitación (art. 731).

    ¿Tengo derecho a la pensión de viudez si no estábamos casados?

    Sí, en la ONP, si acreditas 2 años de convivencia estable a la fecha del fallecimiento con la sentencia de declaración de unión de hecho inscrita en Sunarp, o pides el reconocimiento judicial. Si la fallecida es la mujer, el conviviente debe tener discapacidad para el trabajo o más de 60 años.

    Paul, explica

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales