Derechos de la conviviente: murió mi pareja y no estábamos casados
Si tu pareja murió y no estaban casados, puedes tener derechos de herencia similares a los de un cónyuge si su unión de hecho duró al menos dos años, ambos estaban libres de impedimento matrimonial y seguía vigente al fallecer. Si la unión estaba inscrita en Sunarp y no hay testamento, puedes pedir la sucesión intestada en una notaría; si no estaba inscrita, primero pide al juez que la reconozca.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Sunarp, notaría, Poder Judicial y ONP el 12 de octubre de 2026

- Tu DNI
- Acta de defunción de tu pareja
- Escritura pública o sentencia de reconocimiento de la unión de hecho, inscrita en Sunarp, si la tienen
- Pruebas de la convivencia: documentos con el mismo domicilio, partidas de hijos en común, fotos, testigos
- Actas de nacimiento de los hijos, si los hay
Cuánto demora: Depende de si la unión estaba inscrita: con inscripción, el trámite notarial; sin ella, primero un juicio de reconocimientoDónde: Sunarp (SPRL en línea), notaría del último domicilio de tu pareja, juzgado de familia y ONP
Paso a paso
Errores frecuentes
- Creí que, al no estar casados, no tenía ningún derecho.
- Si la unión cumple las condiciones del art. 326 del Código Civil y seguía vigente al fallecer, el conviviente tiene derechos sucesorios similares a los del cónyuge.
- Fui a la notaría para que reconozca la unión después de la muerte.
- La notaría requiere la firma de ambos convivientes. Si tu pareja ya falleció y la unión no estaba inscrita, el camino es el reconocimiento judicial (Ley N.° 30007, art. 3).
- Los familiares de mi pareja hicieron la sucesión sin incluirme.
- Busca asesoría legal: con tu unión reconocida, puedes reclamar tu parte ante el juez. La Defensa Pública atiende gratis si no tienes recursos.

Si tu caso es distinto
- Tenemos hijos en común
- Los hijos heredan en el primer orden y el conviviente concurre con ellos (art. 816). Para la pensión de viudez, la ONP indica que no importa cuándo se formó la unión si tienen o tuvieron hijos en común.
- Mi pareja seguía casada con otra persona
- Entonces no había una unión libre de impedimento matrimonial y no aplican los derechos sucesorios del art. 326. La ley deja abierta la acción de enriquecimiento indebido; consulta con un abogado.
- Vivimos juntos menos de dos años
- La ley exige al menos dos años continuos para que la unión produzca estos efectos. Revisa con un abogado qué otras vías tienes.

Preguntas frecuentes
¿La conviviente tiene derecho a herencia en Perú?
Sí, si la unión de hecho reunió las condiciones del art. 326 del Código Civil y seguía vigente al fallecer, y está inscrita o se reconoce judicialmente (Ley N.° 30007).
¿Puedo reconocer la unión de hecho si mi pareja ya murió?
Sí, ante el juez. La Ley N.° 30007 permite al sobreviviente pedir el reconocimiento judicial si la unión no se inscribió en vida.
¿Cuánto me toca de la casa?
Si la casa es un bien ganancial, primero se divide por mitad (art. 323): esa mitad te corresponde. La otra mitad es la herencia, que compartes con los hijos o padres de tu pareja, si los hay. Si tu parte no alcanza para quedarte con la casa, puedes optar por el derecho de habitación (art. 731).
¿Tengo derecho a la pensión de viudez si no estábamos casados?
Sí, en la ONP, si acreditas 2 años de convivencia estable a la fecha del fallecimiento con la sentencia de declaración de unión de hecho inscrita en Sunarp, o pides el reconocimiento judicial. Si la fallecida es la mujer, el conviviente debe tener discapacidad para el trabajo o más de 60 años.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Tu unión de hecho no estaba inscrita y necesitas que el juez la reconozca para heredar? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿No sabes si tu unión cumple las condiciones de la ley? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
- Unión de hecho
- Derechos sucesorios del conviviente
- Herederos forzosos
- Sucesión intestada notarial
- Sociedad de gananciales
- Derecho de habitación del cónyuge supérstite
- Pensión de sobrevivencia
- Enriquecimiento sin causa
- Impedimentos matrimoniales
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- MINJUSDH · Código Civil, edición oficial (SPIJ) (16.ª edición oficial, mar. 2015; artículos contrastados con el texto consolidado del SPIJ al 14 set. 2026)
- MINJUSDH · Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ), Código Civil consolidado (texto consolidado descargado el 14 set. 2026)
- El Peruano · Ley N.° 30007 (derechos sucesorios de la unión de hecho) (17 abr. 2013)
- Congreso · Ley N.° 30007 (El Peruano, 17 abr. 2013)
- El Peruano · Ley N.° 30907 (equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para la pensión de sobrevivencia) (11 ene. 2019)
- El Peruano · Ley N.° 32377 (modifica el art. 6 de la Ley N.° 26662) (7 jun. 2025)
- gob.pe · Acceder a la plataforma de Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) (19 dic. 2024)
- gob.pe · Solicitar certificado de sucesión intestada y testamento (16 set. 2022)
- Sunarp · Casi 5 mil parejas inscribieron su convivencia (nota de prensa) (10 feb. 2026)
- gob.pe · Solicitar pensión de viudez D. L. N.° 19990 (ONP) (28 oct. 2025)
- gob.pe · Registrar el fallecimiento de un asegurado de la ONP (23 ago. 2021)
- gob.pe · Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (16 abr. 2026)
- gob.pe · Asesoría legal gratis en los centros ALEGRA (29 may. 2024)