Trámites del Perú, explicados paso a paso

Usurpación de terreno: qué hacer si invadieron tu terreno en Perú

Si invadieron tu terreno, puedes recuperarlo por tu cuenta dentro de los 15 días siguientes a que te enteraste, sin usar más fuerza de la necesaria (defensa posesoria extrajudicial), y además denunciar el delito de usurpación ante la Policía o la Fiscalía. Si ya pasó ese plazo, el camino es judicial. La usurpación se castiga con dos a cinco años de cárcel, y más si hay agravantes.

La ficha oficial no indica pagoDenuncia en la comisaría o en la Fiscalía
Varía; ALEGRA si no tienes recursosDemanda civil (abogado y tasas judiciales)
6 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Policía Nacional, Fiscalía y Poder Judicial el 1 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Defensa extrajudicial: 15 días desde que te enteras. Interdicto de recobrar: 1 año desde el despojo.Dónde: Comisaría del lugar del terreno, Fiscalía (también por internet) y, si hace falta, el juez civil

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Esperé meses para hacer algo porque pensé que se irían solos.
    La defensa extrajudicial vence a los 15 días desde que te enteras, y el interdicto de recobrar al año. Actúa apenas lo sepas.
    Fui con un grupo a sacarlos a golpes.
    La ley exige no usar vías de hecho que no se justifiquen. Pide apoyo a la Policía y denuncia; si te excedes, el problema puede volverse en tu contra.
    Firmé un acuerdo de venta con los invasores para que se vayan.
    No firmes nada sin un abogado: un documento mal hecho puede usarse luego contra tu derecho.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Mi vecino corrió el cerco y se metió en parte de mi terreno
    Alterar los linderos para apropiarse de parte de un inmueble también es usurpación (art. 202, inc. 1). Denuncia y junta tus planos y la copia literal.
    La persona que ocupa mi terreno lleva más de 10 años ahí
    No procede la defensa extrajudicial si el ocupante usufructuó el bien como propietario por lo menos 10 años (art. 920). Además, podría alegar que adquirió por prescripción (art. 950). Busca asesoría legal.
    Es un familiar al que dejé vivir y ya no quiere irse
    Eso no suele ser una invasión: entró con tu permiso. El camino es la conciliación y, si no hay acuerdo, el desalojo por ocupante precario.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo sacar a los invasores yo mismo?

    Sí, dentro de los 15 días siguientes a que te enteraste y sin usar más fuerza de la necesaria (art. 920 del Código Civil). La Policía y la municipalidad deben darte apoyo.

    ¿Qué pena tiene la usurpación en Perú?

    De dos a cinco años de prisión (art. 202 del Código Penal). Con agravantes, como la intervención de dos o más personas, de cinco a doce años (art. 204).

    ¿Dónde denuncio una invasión de terreno?

    En la comisaría del lugar o en la Fiscalía, que tiene un registro de denuncias por internet.

    ¿Qué pasa si ya pasaron los 15 días?

    Debes ir al juez: interdicto de recobrar dentro del año desde el despojo, o desalojo si eres el dueño y el ocupante no tiene título. Necesitas abogado; ALEGRA es gratuito si no tienes recursos.

    ¿Qué hago en las primeras horas si invadieron mi terreno?

    No vayas solo a enfrentarlos. Anota el día y la hora en que te enteraste: desde ahí corren los 15 días de la defensa posesoria extrajudicial, que te permite recuperar tu terreno sin juicio y sin usar más fuerza de la necesaria. Toma fotos y videos con fecha. Si la invasión está ocurriendo, llama al 105, el número de emergencia de la Policía, o ve a la comisaría más cercana: la ley obliga a la Policía y a la municipalidad a darte el apoyo necesario. Denuncia la usurpación en la comisaría o en la Fiscalía y activa la Alerta Registral ese mismo día.

    Paul, satisfecho

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales