Trámites del Perú, explicados paso a paso

Carta de renuncia en Perú: preaviso de 30 días, exoneración y pagos

Para renunciar a tu trabajo en Perú debes avisar por escrito con 30 días de anticipación, aunque el empleador puede exonerarte de ese plazo por su cuenta o a tu pedido, y si tú lo pides y no lo rechaza por escrito dentro del tercer día, la exoneración se entiende aceptada. Al terminar, te deben pagar en 48 horas tu liquidación (CTS, vacaciones y gratificaciones truncas) y entregarte tu certificado de trabajo. Por renunciar no te corresponde indemnización por despido.

GratisPresentar la renuncia
No tiene tasa en el TUPA de SUNAFILDenuncia ante SUNAFIL si no te pagan
5 pasosuno a la vez

Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Empleador y SUNAFIL el 1 de octubre de 2026

Hola, soy Paul. Te acompaño en este trámite, paso a paso.
Paul, saluda
Antes de empezar, ten a la mano

Cuánto demora: Preaviso: 30 días (salvo exoneración) · Respuesta a tu pedido de exoneración: 3 días · Pagos al cese: 48 horasDónde: Ante tu empleador (Recursos Humanos o tu jefe), con cargo de recepción

Paso a paso

    Errores frecuentes

    Dejé de ir al día siguiente de entregar la carta.
    Sin exoneración, la ley te pide avisar con 30 días. Si el empleador rechazó por escrito tu pedido, el reglamento dice que debes trabajar hasta cumplir el plazo.
    No guardé copia firmada de mi renuncia.
    Pide hoy una copia con sello de recepción o envía una carta notarial para dejar constancia de la fecha.
    Creí que por renunciar perdía mi CTS y mis gratificaciones.
    Al terminar la relación, por cualquier motivo, te corresponde la liquidación de beneficios sociales. Lo que no corresponde es la indemnización por despido.
    Paul, preocupado

    Si tu caso es distinto

    Me presionaron para firmar la renuncia
    El Tribunal Constitucional considera despido fraudulento la extinción de la relación con vicio de voluntad, como una renuncia que no fue libre. Revisa la guía de despido incausado o fraudulento y consulta pronto: el plazo es corto.
    La empresa no me paga la liquidación
    Puedes denunciar ante SUNAFIL, pedir una conciliación en el Ministerio de Trabajo o ir al Poder Judicial. Tienes 4 años desde el cese para exigir tus beneficios.
    Tengo un nuevo trabajo y necesito salir antes
    Pide en tu carta la exoneración del plazo. Si el empleador no la rechaza por escrito dentro del tercer día, se entiende aceptada.
    Paul, pensativo

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días antes debo presentar mi renuncia?

    Treinta días de anticipación, por escrito. Tu empleador puede exonerarte de ese plazo.

    ¿Qué pasa si renuncio sin dar los 30 días?

    Si pediste la exoneración y no te la rechazaron por escrito dentro del tercer día, se entiende aceptada. Si te la negaron, el reglamento dice que debes trabajar hasta cumplir el plazo.

    ¿Qué me deben pagar si renuncio?

    Tu liquidación en 48 horas: CTS trunca, vacaciones truncas o no gozadas y gratificaciones truncas, según corresponda. Además, tu certificado de trabajo y la carta de liberación de CTS.

    ¿Me corresponde indemnización si renuncio?

    No. La indemnización por despido arbitrario es para el despido sin causa. Si te forzaron a renunciar, consulta con un abogado.

    ¿Qué hago si me obligan a firmar mi renuncia?

    La ley trata la renuncia como un retiro voluntario del trabajador (TUO del D. Leg. 728, art. 16, inc. b), así que no estás obligado a firmarla. Guarda las pruebas de la presión: mensajes, correos o testigos. Si te dicen que no vuelvas por no firmar, eso es un despido: deja constancia ante SUNAFIL o la Policía. Si ya firmaste bajo presión, el Tribunal Constitucional considera despido fraudulento la extinción de la relación «con vicio de voluntad»: tendrás que probarlo, y la Corte Suprema da 30 días hábiles para pedir la reposición. El Ministerio de Trabajo orienta gratis y tiene patrocinio judicial gratuito si ganabas hasta 2 remuneraciones mínimas y reclamas hasta 70 URP. Revisa la guía de despido incausado o fraudulento.

    Paul, satisfecho

    ¿Lo haces tú o con un abogado?

    Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.

    Palabras que vas a encontrar

    Definidas en Norma, el diccionario jurídico.

    Trámites que suelen venir juntos

    Fuentes oficiales