Inquilino abandonó el inmueble y dejó sus cosas: qué hacer
Si tu inquilino se fue sin avisar y dejó sus cosas, no cambies la chapa ni saques sus pertenencias por tu cuenta. Primero pídele por carta notarial que te entregue el inmueble. Deja constancia de cómo está. Si no responde, recupéralo por la vía legal: conciliación y, si hace falta, desalojo. La renta pendiente se le puede cobrar.
Un aporte de Paul Arroyo a la comunidad · verificada con Notarías · Centros de Conciliación del Minjusdh · Poder Judicial el 13 de octubre de 2026

- Tu contrato de alquiler
- La última dirección, teléfono o correo que tengas del inquilino
- Recibos o constancias de los pagos de renta y servicios
- Fotos fechadas del exterior del inmueble
Cuánto demora: Depende de si el inquilino responde: la entrega por escrito es inmediata; la conciliación y el desalojo toman más tiempoDónde: Notaría de tu distrito, centro de conciliación y, si no hay acuerdo, juzgado o notaría (desalojo)
Paso a paso
Errores frecuentes
- Cambié la chapa y saqué sus cosas a la calle porque «la casa es mía».
- El Código Penal (art. 417) sanciona hacerse justicia por propia mano. Busca orientación cuanto antes y regulariza la entrega por escrito, conciliación o desalojo.
- Dejé de anotar la renta porque pensé que, al irse, ya no debía nada.
- Si se fue sin tu autorización escrita, responde por la renta y los servicios hasta que tomes posesión (Código Civil, art. 1711). Ordena tus recibos y cuentas.
- Solo le escribí por WhatsApp y nunca respondió.
- Envía una carta notarial a la dirección del contrato: el notario deja constancia de la entrega o de lo que ocurrió al intentarla.

Si tu caso es distinto
- Mi contrato tiene cláusula de allanamiento a futuro
- Esa cláusula puede habilitar caminos más rápidos: el desalojo notarial o el proceso especial que explicamos en desalojo por falta de pago. Revisa que el contrato cumpla los requisitos.
- El inquilino falleció y sus cosas siguen en la casa
- Según el Código Civil (art. 1705, inc. 5), el contrato puede terminar si, dentro de los 90 días de la muerte, sus herederos que usan el bien comunican que no continuarán. Comunícate por escrito con los familiares.
- Dejó recibos de luz y agua impagos
- Los servicios a su cargo que se generen después de irse también son su responsabilidad hasta que tomes posesión (art. 1711 del Código Civil). Inclúyelos en la conciliación.

Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar la chapa si el inquilino abandonó la casa?
No es lo recomendable por tu cuenta. El Código Penal (art. 417) sanciona a quien se hace justicia por sí mismo en lugar de acudir a la autoridad. Recupera el inmueble con una entrega firmada, una conciliación o un desalojo.
¿Qué hago con las cosas que dejó el inquilino?
Guárdalas y no las tires ni vendas. Pídele por carta notarial que las recoja en un plazo y, si no responde, inclúyelas en la conciliación.
¿El inquilino que se fue sin avisar sigue debiendo la renta?
Sí. Si desocupó sin tu autorización escrita, responde por la renta y los servicios a su cargo hasta que tomes posesión, además de los daños (Código Civil, art. 1711).
¿Necesito abogado para recuperar mi casa?
Para la carta notarial y la conciliación no. Para un desalojo judicial sí. Si no puedes pagar uno, consulta en ALEGRA o llama gratis al 1884.
¿Lo haces tú o con un abogado?
Puedes hacerlo por tu cuenta con esta guía. Si prefieres no arriesgarte o quieres entender más, aquí tienes por dónde seguir.
¿Necesitas un abogado?¿Tu inquilino se fue y necesitas recuperar el inmueble sin arriesgarte? Contacta a ARFASA Abogados.ARFASA Abogados es una firma legal vinculada al creador de hazlo.pe. Sus servicios legales son profesionales, independientes de esta guía y no son gratuitos.
Preguntarle a Legaria¿Dudas sobre qué hacer con el inmueble o las cosas que dejó? Legaria es una IA especializada en derecho peruano.
Palabras que vas a encontrar
Definidas en Norma, el diccionario jurídico.
Trámites que suelen venir juntos
Fuentes oficiales
- Minjusdh · Código Civil, edición oficial (16.ª edición, mar. 2015; contrastado con SPIJ al 14 set. 2026)
- Congreso · Código Penal compilado (consultado el 11 oct. 2026; contrastado con SPIJ al 14 set. 2026)
- Minjusdh · Decreto Legislativo del Notariado (D. Leg. 1049) (texto SPIJ, ago. 2021)
- gob.pe · Solicitar conciliación extrajudicial virtual al Minjusdh (20 ago. 2021)
- gob.pe · Directorio de centros de conciliación gratuitos (10 dic. 2025)
- gob.pe · Directorio notarial del Perú (15 ene. 2026)
- Poder Judicial · Requisitos del proceso de desalojo (consultado el 11 oct. 2026)
- Tribunal Constitucional · Corte de luz y agua no es medio válido para desalojar (21 set. 2010)
- gob.pe · Asesoría legal gratis en los centros ALEGRA (29 may. 2024)